Normativa de Origen
Son normas específicas para determinar el país en el que las mercaderías fueron producidas o elaboradas, cumpliendo determinados requisitos, condición indispensable para beneficiarse de las preferencias otorgadas en el Acuerdo de que se trate.
Las reglas de origen constituyen un conjunto de disposiciones con el fin de juzgar si un producto que ha sido objeto de procesos de transformación puede ser catalogado como producto originario de un país o de una determinada región. También funcionan como garantías para el país beneficiario de un tratamiento preferencial ya que si sus productos cumplen con tales normas, deberá otorgársele el tratamiento indicado. Existen varios criterios para determinar el origen de las mercaderías.
El Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros (Kyoto 1973) es uno de los más importantes.
Los tres métodos para la determinación del origen de la mercadería son:
1- Cambio de clasificación arancelaria o salto arancelario: Se concede el origen si la partida arancelaria aplicable al producto corresponde a una partida diferente que la de cada uno de los productos utilizados para la fabricación del producto.
2- Listas de transformaciones o de elaboraciones. Indican los procesos técnicos considerados como suficientes o insuficientes para conceder el origen.
3- Método de valor. La determinación del origen de un producto que ha sido transformado en un país se basa en el valor agregado que dicha transformación le aporte a la mercancía. Se confiere el origen cuando ese valor agregado es igual o superior a un porcentaje predefinido.
El Certificado de
origen se expedirá en aquellos casos en los que el comprador lo solicite y ello
vendrá determinado por la legislación del país importador.
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